Bruselas se reafirma en su postura

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Bruselas se reafirma en su postura

La Comisión Europea ofrece la versión pública, que envió al IVF para trasladar a la entidad ilicitana en el mes de julio, sobre la decisión de recuperación de la ayuda ilegal concedida al Elche CF. La entidad franjiverde es el “beneficiario”.

Jerónimo Tormo,

La Comisión Europea ha publicado la versión pública de la decisión de recuperación de las ayudas que en su día declaró como ilegales. El documento recoge las claves de la resolución del 4 de julio, enviadas y notificadas por Bruselas al Elche CF y a su Fundación (además de a Hércules CF y a Valencia CF) a través del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) el pasado 20 de julio, tal y como COPE Elche (100.8 FM) contó el pasado 28 de julio, pesar de que desde la entidad franjiverde se negó dicha notificación. El objetivo de la Unión Europea se resume en especificar, en conjunción con las partes interesadas, el contenido del documento que se podía publicar de manera oficial perdiendo su confidencialidad. Bruselas explica en su informe el por qué del montante sancionador de 3.688.000 euros, más intereses.

“El tipo de interés del 6’22% se deduce del tipo de interés del mercado aplicable (11’49%) es decir, 1.000 puntos básicos para el Elche CF, más 149 puntos básicos como tipo base España en febrero de 2011. El resultados e multiplica por el importe del préstamo (14.000.000 euros) y por la duración del préstamos (5 años)”. La información específica además que la concesión de avales en 2011 a la Fundación del Elche CF supuso una infracción del artículo 108, apartado 3, del Tratado y que “las medidas no cumplen las condiciones previstas en las Directrices sobre salvamento y reestructuración de 2004” considerando de esta forma que dichas ayudas “no son compatibles con el mercado interior”.

Desde Bruselas se es tajante, el Elche CF fue el beneficiario de la ayuda concedida a su Fundación en un momento de delicada situación económica, se otorga una calificación crediticia CCC.  Situación concursal Desde la Unión Europea no se olvidan de la especial situación que atraviesa la entidad franjiverde con su concurso de acreedores recordando que “el hecho de que un beneficiario sea insolvente o esté incurso en procedimientos de quiebra no afecta a su obligación de reembolsar una ayuda ilegal e incompatible” destacando que la recuperación de las cantidades económicas debe de ser de manera “inmediata y efectiva” en el plazo de cuatro meses desde su publicación.

El Reino de España es quien debe garantizar que se aplique la decisión. Además, las cantidades pendientes de recuperación devengarán intereses desde la fecha en la que fueron puestas a disposición de los beneficiarios  y hasta su recuperación. El IVF deberá cancelar todos los pagos pendientes de la ayuda con efectos a partir de la fecha de la adopción de la decisión.

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