La Fundación apuesta por pluralidad e insolvencia

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La Fundación apuesta por pluralidad e insolvencia

El cónclave franjiverde basa sus alegaciones, para evitar la entrada en concurso de acreedores, que el Instituto Valenciano de Finanzas no representa como acreedor la situación que atraviesa la mercantil y que puede cobrar su deuda ejecutando las acciones

Jerónimo Tormo,

La Fundación del Elche CF dibuja de manera firme su estrategia defensiva para evitar la entrada en concurso de acreedores necesario. El cónclave franjiverde pretende tumbar el procedimiento instado por el Instituto Valenciano de Finanzas acreditando que el ente autonómico no está legitimado para solicitarlo en base a que no se cumplen los requisitos objetivos y subjetivos para la declaración del mismo en base a dos conceptos, pluralidad e insolvencia.

La pluralidad de acreedores la determina un juez, sin haber un número determinado de acreedores para establecerla, y debe ser representativa de la situación que atraviesa una mercantil. Además, cumplir con los acreedores sirve para reducir las deudas y limitar la pluralidad. La mercantil puede hacerlo hasta que el juez dicte el auto pero debe ser el juez el que considere los movimientos realizados como válidos. Dos acreedores pueden no llegarse a considerar pluralidad de acreedores.

Por otra parte, la Fundación quiere advertir al juez de que el IVF puede cobrar, no en dinero, pero si con la garantía ante el impago, las acciones. Para ello, el ente autonómico debe ejecutar la prenda algo que como organismo público no le interesa. El cónclave franjiverde no cumpliría con dinero pero si con la prenda. Aún así, desde el ente autonómico se podría apuntar que incluso aceptando las acciones como garantía de pago, en lugar del ingreso monetario, seguiría existiendo un diferencial que se adeudaría.

En plazo

Si la Fundación reduce las deudas con sus acreedores, algo que está haciendo dentro de los plazos permitidos, y acredita el pago a la mayoría, que permita desechar una pluralidad de representativa de la deuda, el concurso necesario podría denegarse como también sucedería si el cónclave convence al juez de que el IVF puede cobrar su deuda mediante la ejecución de las acciones, como garantía de pago, ante la insolvencia económica. El IVF puede plantear la duda de por qué la Fundación se pone al día sólo con unos acreedores y no con el principal dejando entrever que el objetivo del cónclave es seguir manteniendo el control del 55’15% de las acciones que le permiten dirigir el Club. Por su parte el Club quiere obligar al IVF a ejecutar algo que el ente autonómico no quiere hacer y que además tardaría en producirse.

La decisión del juez se conocerá en los próximos días que, viendo la celeridad de las decisiones, podría producirse en breve. El Concurso fue admitido a trámite el viernes 4 de marzo tras instarlo el IVF el lunes 22 de febrero, nueve días. Ahora el juez tendrá que fijar una vista oral entre las partes tras la Fundación presentar sus alegaciones el pasado viernes 11 de marzo, dentro de los cinco días hábiles permitidos. La Justicia decidirá.

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