Array Europe reclama 3.007.000 € al Elche

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Array Europe reclama 3.007.000 € al Elche

La mercantil solicita al Elche CF la penalización por el impago de sus servicios de asesoramiento y gestión en la contratación de ‘La Roca’. El Club entregó un pagaré que no se pudo cobrar por insuficiencia de fondos y la sociedad quiere ejecutar las cláu

Jerónimo Tormo,

La mercantil Array Europe BV ha formulado demanda incidental de impugnación de la lista de acreedores del Elche CF, en cuanto a la cuantía del crédito subordinado reconocido por la administración concursal, en base a la diferencia entre el crédito comunicado por la sociedad y el reconocimiento dado por el administrador concursal en la lista de acreedores así como por el origen del crédito subordinado y la determinación de su importe según ha contado COPE Elche (100.8 FM). Array Europe BV comunicó a la administración concursal el 28 de septiembre de 2015 un crédito ordinario valorado en 1.591.400 euros y un crédito subordinado cifrado en 7.907.000 euros. Ambos créditos tienen su origen en el contrato de liquidación y reconocimiento de deuda suscrito por el Elche CF y Array Europe BV el 15 de agosto de 2014 como consecuencia de los servicios prestados por la mercantil al Club en el asesoramiento y gestión de la contratación del futbolista Carlos Alberto ‘La Roca’ Sánchez Moreno.

Array Europe BV basa su demanda incidental de impugnación de la lista de acreedores del Elche CF en el contrato firmado con el club franjiverde y las cláusulas existentes en el mismo. El Elche CF reconoce en la cláusula XV una deuda por importe de 425.000 euros que según la cláusula XVII se debía saldar mediante “pagaré con fecha de vencimiento de junio de 2015”. Llegada la fecha de cobro, a 30 de junio de 2015, se presentó a cobro en la entidad bancaria Union Bancaire Privée resultando impagado en su totalidad por insuficiencia de fondos. Ante el incumplimiento de pago, el contrato refleja en su cláusula XXII, que se acordó penalizar el retraso del pago de la deuda del Elche CF con Arraye Europe BV en 1.000 euros diarios, dentro de los siete primeros días de impago y 100.000 euros diarios a partir del octavo día de retraso en el pago y en adelante. Teniendo en cuenta que el pago debía realizarse el 30 de junio de 2015, y el Elche CF entró en concurso de acreedores el 6 de agosto de 2015, transcurrieron treinta y siete días que devengan una indemnización por valor de 3.007.000 euros que según Array Europe BV deben ser reconocidos por la administración concursal como crédito subordinado y, sin perjuicio de lo anterior, con carácter subsidiario a la pretensión, en caso de que el Juzgado no la acogiera, se deberá modificar la lista de acreedores del concurso del Elche CF para reconocer a Array Europe BV un crédito subordinado por un importe igual al resultante de aplicar la cláusula XXII del contrato suscrito el 15 de agosto de 2014.

Impugnación

Carlos Pérez Pomares reconoció el 9 de noviembre de 2015 un crédito ordinario de 1.591.400 euros y un crédito subordinado de 107.000 euros. Array Europe BV solicita la rectificación de la lista de acreedores ante la diferencia existente entre el importe comunicado y el reconocido el 11 de noviembre de 2015 del crédito subordinado y que, en el caso de entender que la penalización contractual tuviera como límite de devengo la fecha de la declaración del Concurso del Elche CF, se reconociese un crédito de 3.007.000 euros con carácter subordinado. La lista definitiva elaborada por el administrador concursal sigue manteniendo las cantidades iniciales, 1.591.400 euros ordinarios y 107.000 euros subordinados. La administración concursal según Array Europe BV, no explica ni justifica las razones para la minoración del crédito ni los métodos empleados para determinar el importe de la penalización económica por lo que la mercantil desea impugnar el crédito subordinado reconocido para asegurarse el cobro de los más de tres millones de euros.

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