Una ampliación en duda

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Una ampliación en duda

El Elche CF no tiene el visto bueno del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) para aprobar la propuesta que pondrá sobre la mesa de los accionistas. El ente autonómico vería reducido su paquete de títulos del 55’15% al 37’69% perdiendo la mayoría en la e

Jerónimo Tormo,

El Elche CF se resiste a despertar de su ilusión. La entidad franjiverde desea aprobar una ampliación de capital de 1.361.971’20 euros, correspondiente a 425.616 acciones, que harían que el capital social de la entidad ilicitana pasará de los actuales 2.941.932 euros (919.354 acciones) a 4.303.904 euros (correspondientes a 1.344.970 acciones). Ante esta situación, el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), que posee un total de 1.622.470’40 euros actualmente (507.022 acciones) dispondría del control accionarial del Club con un 55’15%. El mensaje enviado desde el ente autonómico siempre ha sido el mismo, el IVF no permitirá una ampliación de capital que diluya su participación en el Elche CF por debajo del 50’1%. La aprobación del accionariado franjiverde de una ampliación de capital de este calado dejaría al órgano regional por debajo de ese porcentaje, concretamente en un 37’69% que haría inviable que, llegado el momento, encontrar un comprador para un pellizco inverosímil para controlar la entidad franjiverde. Las próximas semanas serán clave para determinar si se alcanza un acuerdo entre ambas partes para solventar la situación que, a día de hoy, ha de nacer de un acuerdo de refinanciación mediante un calendario de pagos, o bien en la subasta pública del paquete accionarial a un tercero.

La junta ordinaria de accionistas del martes 16 de febrero a las 19:00 horas promete emociones fuertes. El IVF no necesita ejecutar para oponerse a la ampliación de capital, tal y como se informó desde estas líneas el pasado 15 de diciembre. El contrato de prenda de derechos de crédito y acciones firmado el 17 de febrero de 2011, desvelado por COPE Elche (100.8 FM), entre Fundación Elche CF Fundación de la Comunidad Valenciana (como el Pignorante) y Elche CF SAD (como la Sociedad) e Instituto Valenciano de Finanzas (como el Acreedor Pignoraticio) indica en su Cláusula 4, Manifestaciones y garantías. Obligaciones de los Pignorantes; Apartado 2, Obligaciones de los pignorantes; Epígrafes 2 y3 que “se abstendrán de ceder, vender, transmitir o disponer por cualquier otro título de los Activos Pignorados, y de crear carga, prenda, gravamen o limitación alguna sobre los mismos; no podrán sin el previo consentimiento por escrito del Acreedor Pignoraticio, ejercitar los derechos de voto inherentes a las Acciones a favor de acuerdos que resulten en una variación de las características de los Activos Pignorados, en detrimento de la presente Prenda, en una disminución del valor de las Acciones o en una disminución del porcentaje actual de participación de los Pignorantes en el capital social de la Sociedad”. Además, “se entenderá concedido el consentimiento cuando los Pignorantes hubieren realizado una notificación clara y precisa de la operación o negocio a realizar y no se hubiese recibido contestación en el plazo de quince días hábiles desde que IVF recibiera dicha notificación”. 

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