El Recreativo también compitió sin certificado

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El Recreativo también compitió sin certificado

La LFP permitió al cuadro andaluz participar en Segunda división en la temporada 2014/2015 sin tener el visto bueno de la Agencia Tributaria en el pago de las cantidades adeudadas. Los onubenses eran reincidentes tras ser sancionados un año antes por el m

Jerónimo Tormo,

La diferenciación que hace la Liga de Fútbol Profesional (LFP) con sus socios aumenta. Si ayer contábamos en este medio el ‘caso CA Osasuna’ por el que la patronal no consideró la temporada 2014/2015 aplicar el mismo rasero contra el club navarro ante una situación similar a la que vive el Elche CF al ser inscrito sin estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y eximiéndole de la presentación del certificado positivo.

Hay otro club que tampoco lo tuvo que aportar en su documentación para ser inscritos en competición durante el pasado curso deportivo, según ha contado iusport.com, el Recreativo de Huelva. Una nueva muestra que complica saber cuál es el baremo que sigue la LFP a la hora de exigir el tan ansiado certificado para poder jugar en las competiciones que organiza la patronal de clubes.

El CA Osasuna era reincidente en su deuda con la Seguridad Social, misma situación que el Recreativo de Huelva. La LFP abrió el expediente sancionador 9/2014/15 al cuadro andaluz en diciembre de 2014. En las alegaciones presentadas por los onubenses ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) el órgano jurídico reconoce que “la LFP permitió la inscripción del Club sin la presentación del certificado, y que según lo manifestado por la Liga en su informe ello se debió a las circunstancias concurrentes y los continuos esfuerzos que la entidad estaba realizando para solucionar la situación. No obstante, ello no significa que nos e produjese el incumplimiento originario de la sanción, pero lo cierto es que nos e aportó el certificado positivo”.

El TAD incluye que “la no presentación del certificado supone una falta de cumplimiento regular de las obligaciones tributarias del Recreativo con la AEAT” y añade que “el propio Club esa demás reincidente al haber sido sancionado ya en el expediente 10/2013-14 por mantener deudas con la AEAT”. La LFP valoró buena voluntad en el intento del cuadro andaluz por conseguir el certificado ante los continuos aplazamientos que sufrió aunque el TAD acordó desestimar el recurso interpuesto por la entidad andaluza.

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