“La Ley Concursal no exime de descender si hay impagos”

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“La Ley Concursal no exime de descender si hay impagos”

Juan Carlos Soler, representante del bufete de abogados Soler Asociados Consultores, analiza la actual situación del Elche CF sin la inyección económica del préstamo presentado hace poco menos de cuatro semanas y la alternativa de entrar en concurso de ac

Jerónimo Tormo,

La situación económica que atraviesa el Elche CF sigue sin encontrar una vía de escape que permita tomar aire para respirar. La gestión llevada a cabo por José Sepulcre en la entidad franjiverde en sus ocho años de mandato ha conducido a una deuda de 38’8 millones de euros, 30 de ellos son deuda a corto plazo, y un neto patrimonial negativo de 13’9 millones de euros. Una situación que hace que la llegada del préstamo presentado hace poco menos de cuatro semanas por el presidente del Elche CF ponga en juego, no sólo en necesidad económica, sino también en crédito personal del máximo mandatario franjiverde.

La posibilidad de que el Elche CF no acceda al dinero ha hecho que en los despachos del Martínez Valero aparezca la alternativa de la Ley Concursal como plataforma de salvación ante la delicada precariedad monetaria que vive el club. Juan Carlos Soler, representante del bufete de abogados Soler Asociados Consultores, especialista en concursos de acreedores ha analizado en COPE Elche (100.8 FM) las ventajas que obtendría el club franjiverde si opta por dicha alternativa. “Una vez que solicitas la declaración del concurso, y se dicta por parte del juez mercantil el auto de declaración, todas las deudas anteriores quedan paralizadas de forma inmediata y la sociedad no tendrá obligación de pagarlas hasta que no se vaya desarrollando el concurso. Daría una disponibilidad de tesorería con respecto a los ingresos que se tengan para poder establecer una viabilidad futura de la entidad”.

Sin embargo, la Ley Concursal es un arma de doble filo. A las ventajas anteriormente descritas, Soler une los inconvenientes. “La norma deportiva era desplazada por la normativa concursal pero después de la reforma que hubo en 2011 se estableció que no fuera así y la norma deportiva tendrá preferencia respecto a la ley mercantil dando lugar, si no se cumplen con las obligaciones de pago, que aún estando en concurso de acreedores no quedas eximido del descenso de categoría si acumulas impagos”.

Bajo estas premisas, para el especialista en Ley Concursal “los plazos del proceso concursal dependerán de la estructura del pasivo que tenga la sociedad y de la toma de decisiones para estructurar la deuda y dar estabilidad al club” y añadía que hay que adoptar medidas inmediatas ante una situación así. El Elche CF incurre en una de las causas legales de disolución de la sociedad al tener su neto patrimonial negativo. O se adoptan las medidas oportunas para restablecer el equilibrio patrimonial o la sociedad está abocada a disolverse”.

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